Documentos que podemos exigir a la hora de comprar un loro.

Antes de nada vamos a dejar claro unos conceptos básicos:

¿Qué es el convenio CITES?

La CITES (Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres) es un acuerdo internacional concertado entre los gobiernos. Tiene por finalidad velar por que el comercio internacional de especímenes de animales y plantas silvestres no constituye una amenaza para su supervivencia. 

Las especies protegidas por la CITES están incluidas en TRES APENDICES  bien diferenciados, según el grado de protección:

  • Apéndice I (máximo control, generalmente son animales o plantas en peligro de extinción)
  • Apéndice II: Aquí están incluidas las aves mas conocidas tales como (Agapornis, ninfas, Yacos, Amazonas etc..)
  • Apéndice III

En lo que a aves se refiere ¿Qué es el SOIVRE?

Las funciones que corresponden a la Autoridad administrativa CITES son desempeñadas por los Servicios Centrales y su red periférica formada por 33 Direcciones Territoriales y Provinciales de Comercio Exterior, en concreto a través de los Servicios de Inspección SOIVRE.

Doce de estos Servicios de Inspección SOIVRE están autorizados ante la UE como puntos de control para la importación y (re)exportación de especímenes CITES a través de los cuales se despacharán este tipo de mercancías. El resto de los Servicios SOIVRE de la red colabora con los anteriores, realizando tareas de apoyo y control CITES.

Cuando adquirimos un ave ¿Cuál es la documentación que nos deben entregar?

Depende de dos aspectos bien diferenciados:

Si el ave proviene de fuera de la Unión Europea se requiere la siguiente documentación:

  •  Factura o documento de cesión, donde debe estar reflejado en número de CITES correspondiente a dicha Ave tanto si es criada en cautividad como si es silvestre. Se recomienda llamar al SOIVRE para verificar esta información:

http://www.cites.es/es-ES/informaciondeutilidad/Paginas/servicios-de-inspeccion-SOIVRE.aspx

En este caso aunque el loro este incluido en el Apéndice II del CITES al ser loro importando debe de estar inscrito en el SOIVRE, si esta misma ave hubiera nacido dentro de la UE y estuviera incluido dentro Apéndice II no sería obligatorio inscribirlo en el SOIVRE

  • Se recomienda ponerles micho chip y anillarlos ya que para inscribirlos en el SOIVRE te piden una identificación del loro. Un loro lo podemos identificar o bien poniéndoles una anilla o bien microchipándolo.

Si el ave ha sido criada en cautividad y es nacida dentro de la Unión Europea se requiere la siguiente documentación:

Existen dos casos:

  • Que estén incluidos en el Apéndice I del CITES: estos loros deben estar inscritos en el SOIVRE con lo cual podemos exigir que nos enseñen la inscripción en el SOIVRE, a parte de una factura o un documento de cesión, donde figuren todos los datos del vendedor y comprador. Los datos que deben aparecer en el documento de cesion son nombre, apellidos, dirección y teléfono tanto del vendedor como del comprador.

Estos loros deben estar anillados o microchipados ya que para inscribirlos necesitamos una identificación de cada loro.

Loros conocidos inscritos en el Apéndice I: Cacatúa Moluca, Guacamayo Ara Macao.

  • El resto de loros generalmente están incluidos en el Apéndice II, estos no requieren estár inscritos en el SOIVRE aunque muchos criadores los inscriban.

Cuando adquirimos un loro incluido en el apéndice II, debemos solicitar una factura o un documento de cesión de dicho loro.

No es obligatorio pero se recomienda anillarlos o microchiparlos para su identificación.

Loros más conocidos dentro del apéndice II: Yacos, amazonas aestiva, ninfas, agapornis etc..

En este enlace en el apartado AVES podras encontrar bien diferenciado que loro está incluido en cada apéndice, para saber exactamente si debes exigir el CITES en la compra de tu loro. Están nombrados generalmente por su nombre científico:

http://www.cites.org/esp/app/appendices.shtml

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